Código: A72
Caso: En mi edificio un copropietario no puede realizar reservas a las áreas comunales. He verificado que es copropietario y que este activo como usuario, ¿existe algún otro control para que no pueda realizar las reservas?
Antecedentes: La plataforma permite en general realizar las reservas de áreas comunales a los USUARIOS RESIDENTES de los bienes privados. Cuando un COPROPIETARIO tiene un usuario DISTINTO como RESIDENTE de su bien privado, este “cede” su permiso de uso de áreas comunales a su ARRENDATARIO O RESIDENTE.
En este ejemplo, el USUARIO: LOURDES GUERRERO puede realizar RESERVAS bajo los permisos otorgados al BIEN PRIVADO DEP0203, mientras que el USUARIO: ZAQUEO HIDALGO, como copropietario en general no puede realizar reservas.
En resumen, la plataforma permite a TODOS los usuarios que se encuentren REGISTRADOS en la columna como RESIDENTES de algún BIEN PRIVADO realizar reservas.
Si en su condominio o edificio desean que los USUARIOS copropietarios también puedan hacer reservas en adición a los USUARIOS ARRENDATARIOS/RESIDENTES se debe cambiar la configuración del condominio, esto se realiza en [ENTORNO]–[DATOS DEL CONDOMINIO] en la sección BIENES PRIVADOS Y COMPARTIDOS.
Para que un usuario no pueda realizar RESERVAS una vez que ha ingresado a la plataforma, las causas pueden ser dos.
Caso 1:
El BIEN PRIVADO no tiene acceso a AREAS Y SERVICIOS COMUNALES.
El administrador tiene la opción de limitar el uso de áreas y servicios comunales a los bienes privados a su discreción, por ejemplo, aquellos que se encuentran en mora o aquellos que por reglamento interno se decide limitar el uso del servicio de reservas. Esto lo puede verificar en [ENTORNO]-[BIENES PRIVADOS], en la columna de Uso de servicios comunales, si esta APAGADO el “switch”, ninguno de los usuarios de ese BIEN PRIVADO no podrán realizar RESERVAS o ANUNCIAR VISITAS
Caso 2:
El USUARIO no está registrado como RESIDENTE en el BIEN PRIVADO.
Regularmente la legislación de propiedad horizontal indica que cuando un copropietario arrienda su BIEN PRIVADO, este cede los derechos de uso de las áreas comunes al ARRENDATARIO, por lo cual en el sistema verificar si la persona USUARIO esta registrado como RESIDENTE, para esta consulta ir a [ENTORNO]-[BIENES PRIVADOS] y buscar en la COLUMNA RESIDENTE/ARRENDATARIO si el usuario esta allí registrado.
En caso de no estar en esa columna, se puede permitir que los propietarios TAMBIEN puedan hacer reservas pero esto debe ser HABILITADO por el ADMINISRADOR en [ENTORNO][DATOS DEL CONDOMINIO] si es esa la política que está definida en su edificio o condominio
¡Listo!, verificando estos dos casos Ud. podrá dar la respuesta adecuada a su copropietario.
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